Los cardenales pueden ejercer las votaciones, o escrutinios, en tres diferentes fases si es necesario. La primera fase comienza el primer día del Cónclave, mismo en el que sólo se puede hacer una elección por la tarde, luego de haber celebrado la misa Pro eligendo Pontifice. Los trabajos del día sólo incluyen un escrutinio.
Al día siguiente, los cardenales pueden hacer dos escrutinios: uno por la mañana y otro por la tarde. Este orden puede mantenerse así por tres días. Si en el último de estos tres días no se ha elegido Papa, entonces se procede a la segunda fase de la elección.
La segunda fase de la elección comienza con una pausa de un día para la oración, la meditación y el retiro. Durante esta pausa, que puede durar hasta un día, no se llevan a cabo escrutinios, pues los cardenales oran y piden la Iluminación divina para elegir al Papa. En esta pausa para la oración los cardenales pueden intercambiar ideas y conversar libremente. Una vez que el primer Cardenal del Orden de los Diáconos se haya dirigido a los cardenales con una exhortación espiritual, los trabajos de la elección prosiguen como en la primera fase.
Si después de la segunda fase no se ha elegido un nuevo Pontífice, entonces se procede a la tercera fase de la elección. En ella los cardenales toman otra pausa, de máximo un día, para meditar y orar. “Después de siete escrutinios, si no ha tenido lugar la elección, se hace otra pausa de oración, de coloquio y de exhortación, hecha por el primer Cardenal del Orden de los Presbíteros.” (Universi Dominici Gregis Segunda parte, Capítulo 5, No. 74)
Si después de esta fase aún no hay un elegido, se procede a hacer otros siete escrutinios, “seguidos de una nueva pausa de oración, de coloquio y de exhortación, hecha por el primer Cardenal del Orden de los Obispos. Después, según la misma forma, siguen las votaciones, las cuales, si no tiene lugar la elección, serán siete.” (UDG Segunda parte, Capítulo 5, No. 74)
En dado caso de que luego de estas fases de escrutinios, no se haya elegido al Papa, el Cardenal Camarlengo puede proponer a los cardenales a que expresen su parecer y “se procederá según lo que la mayoría absoluta de ellos establezca (…) (ya) sea votando sobre dos nombres que en el escrutinio inmediatamente precedente hayan obtenido el mayor número de votos, exigiéndose también en esta segunda hipótesis únicamente la mayoría absoluta.”
Es así que, la Constitución Universi Dominici Gregis contempla la existencia de 24 escrutinios. Después de estos escrutinios no se prevé una cantidad más de ellos, sin embrago, a partir del momento en que los escrutinios previstos hayan tenido lugar, los cardenales pueden aplicar otros criterios electivos, a fin de tener pronto un Pontífice.
Los pasajes citados (Universi Dominici Gregis Segunda parte, Capítulo 5, Nos. 74 y 75) dicen al pie de la letra lo siguiente:
74. En el caso de que los Cardenales electores encontrasen dificultades para ponerse de acuerdo sobre la persona a elegir, entonces, después de tres días de escrutinios sin resultado positivo, según la forma descrita en los números 62 y siguientes, éstos se suspenden al máximo por un día, para una pausa de oración, de libre coloquio entre los votantes y de una breve exhortación espiritual hecha por el primer Cardenal del Orden de los Diáconos. A continuación, se reanudan las votaciones según la misma forma y después de siete escrutinios, si no ha tenido lugar la elección, se hace otra pausa de oración, de coloquio y de exhortación, hecha por el primer Cardenal del Orden de los Presbíteros. Se procede luego a otra eventual serie de siete escrutinios, seguida, si todavía no se ha llegado a un resultado positivo, de una nueva pausa de oración, de coloquio y de exhortación, hecha por el primer Cardenal del Orden de los Obispos. Después, según la misma forma, siguen las votaciones, las cuales, si no tiene lugar la elección, serán siete.
75. Si las votaciones no tuvieran resultado positivo, después de proceder según lo establecido en el número anterior, los Cardenales electores son invitados por el Camarlengo a expresar su parecer sobre el modo de actuar, y se procederá según lo que la mayoría absoluta de ellos establezca.
Sin embargo, no se podrá prescindir de la exigencia de que se tenga una elección válida, sea con la mayoría absoluta de los votos, sea votando sobre dos nombres que en el escrutinio inmediatamente precedente hayan obtenido el mayor número de votos, exigiéndose también en esta segunda hipótesis únicamente la mayoría absoluta.