Existen disposiciones específicas sobre conductas durante la elección.
Lo que está prohibido durante la elección a los Cardenales Electores:
• Recibir dinero a cambio de su voto (se incurre en la excomunión latae sententiae)
• Realizar pactos sobre la elección de su Sucesor
• Prometer votos
• Tomar decisiones a este respecto en reuniones privadas
• Junto con los Cardenales, todos los que toman parte en la preparación y realización de la elección no pueden recibir, bajo ningún pretexto, de parte de cualquier autoridad civil, el encargo de proponer el veto o la llamada exclusiva, incluso bajo la forma de simple deseo, o bien de manifestarlo tanto a todo el Colegio de los electores reunido, como a cada uno de ellos, por escrito o de palabra, directa e inmediatamente o indirectamente o por medio de otros, tanto antes del comienzo de la elección como durante su desarrollo. Dicha prohibición se extiende a todas las posibles interferencias, oposiciones y deseos, con que autoridades seculares de cualquier nivel o grado, o cualquier grupo o personas aisladas, quisieran inmiscuirse en la elección del Pontífice. La transgresión implica la pena de excomunión latae sententiae.
• Realizar pactos, acuerdos, promesas u otros compromisos de cualquier género, que los puedan obligar a dar o negar el voto a uno o a algunos. Si esto sucediera en realidad, incluso bajo juramento, que tal compromiso será nulo e inválido y nadie está obligado a observarlo; y se impone la excomunión latae sententiae a los transgresores de esta prohibición.
• Tomar compromisos de común acuerdo, obligándose a llevarlos a cabo en el caso de que uno de ellos sea elevado al Pontificado.
Lo que se debe observar:
Se exhorta a los Cardenales electores a no dejarse llevar por simpatías o aversiones, ni influenciar por el favor o relaciones personales con alguien, ni moverse por la intervención de personas importantes o grupos de presión o por la instigación de los medios de comunicación social, la violencia, el temor o la búsqueda de popularidad.
Se recomienda al que sea elegido que no renuncie al ministerio al que es llamado por temor a su carga, sino que se someta humildemente al designio de la voluntad divina.