¿Qué ocurre si una persona no católica acude a la confesión?

El sacramento de la confesión, reconciliación o penitencia es un misterio para muchos no creyentes que se preguntan por qué los católicos dicen sus pecados al sacerdote

Muchos no católicos están intrigados por la confesión y tienen curiosidad acerca de si pueden recibir las mismas gracias que los católicos. Casi siempre, para recibir una confesión lícita, hay que ser miembro de la Iglesia católica.

Si bien la confesión a menudo es considerada bajo sospecha por muchos no católicos, a algunos de ellos les gustaría confesarse. Hablamos de personas que no se están preparando para el bautismo ni tienen la intención (en un futuro próximo) de convertirse en católicos.

Además de las muchas gracias recibidas en la confesión, estas personas pueden estar interesadas ​​en los beneficios psicológicos de contarle a alguien más sus pecados y en el alivio que se siente al escuchar las palabras de absolución.

Sin embargo, ¿está permitido que un no católico se ponga en la fila del confesionario y se arrodille ante un sacerdote para recibir el sacramento de la reconciliación?

Esto dice el Código de Derecho Canónico

El Código de Derecho Canónico es bastante sencillo acerca de los sacramentos de la Iglesia católica. Si bien la Iglesia reconoce el bautismo de la mayoría de las denominaciones cristianas, la realización válida del sacramento de la confesión solo se reconoce dentro de los límites de la Iglesia católica (con la excepción principal de la Iglesia ortodoxa).

Los ministros católicos administran los sacramentos lícitamente a los miembros de la Iglesia católica, quienes también los reciben lícitamente solo de los ministros católicos (Can. 844 §1.)

Hay algunos casos en los que un cristiano ortodoxo también puede recibir el sacramento de la confesión, ya que esta rama del cristianismo tiene sacramentos válidos para la Iglesia católica.

Sin embargo, el Código de Derecho Canónico enumera algunas excepciones para los bautizados no católicos:

Si hay peligro de muerte o, a juicio del Obispo diocesano o de la Conferencia Episcopal, urge otra necesidad grave, los ministros católicos pueden administrar lícitamente esos mismos sacramentos también a los demás cristianos que no están en comunión plena con la Iglesia católica, cuando estos no puedan acudir a un ministro de su propia comunidad y lo pidan espontáneamente, con tal de que profesen la fe católica respecto a esos sacramentos y estén bien dispuestos.

Can. 844 §4

Básicamente, un sacerdote católico puede ofrecer la absolución a los cristianos no católicos en ciertos casos raros, como el peligro de muerte.

Por Philip Kosloski 
es.aleteia.org

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