Vademécum para los confesores sobre algunos temas de moral conyugal

Vademécum para los confesores sobre algunos temas de moral conyugal

Presentación

Cristo continúa, por medio de su Iglesia, la misión que él ha recibido del Padre. Envía a los Doce a anunciar el Reino y a llamar a la penitencia y a la conversión, a la metanoia (cf. Mc 6, 12). Jesús resucitado les transmite su mismo poder de reconciliación: «Recibid el Espíritu Santo, a quienes perdonareis los pecados, les serán perdonados» (Jn 20, 22-23). Por medio de la efusión del Espíritu por él realizada la Iglesia prosigue la predicación del Evangelio, invitando a la conversión y administrando el sacramento de la remisión de los pecados, mediante el cual el pecador arrepentido obtiene la reconciliación con Dios y con la Iglesia y ve abrirse frente a sí mismo la vía de la salvación.

El presente Vademécum tiene su origen en la particular sensibilidad pastoral del Santo Padre, el cual ha confiado al Consejo pontificio para la familia la tarea de preparar este subsidio para ayuda de los confesores. Con la experiencia adquirida como sacerdote y como obispo, ha podido constatar la importancia de orientaciones seguras y claras a las cuales los ministros del sacramento de la reconciliación puedan hacer referencia en el diálogo con las almas. La abundante doctrina del Magisterio de la Iglesia sobre los temas del matrimonio y la familia, de modo especial a partir del concilio Vaticano II, ha hecho oportuna una buena síntesis referida a algunos temas de moral relativos a la vida conyugal.

Si bien, a nivel doctrinal, la Iglesia cuenta con una firme conciencia de las exigencias que atañen al sacramento de la penitencia, no se puede negar que se haya ido creando un cierto vacío en el traducir estas enseñanzas a la praxis pastoral. El dato doctrinal es, por tanto, el fundamento que sostiene este vademécum, y no es tarea nuestra repetirlo, aunque se acuda a él en diversas ocasiones. Conocemos bien toda la riqueza que han ofrecido a la comunidad cristiana la encíclica Humana vitae, iluminada luego por la encíclica Veritatis splendor, y las exhortaciones apostólicas Familiaris consortio y Reconciliatio et paenitentia. Sabemos también que el Catecismo de la Iglesia católica ha proporcionado un resumen eficaz y sintético de la doctrina sobre estos temas.

«Suscitar en el corazón del hombre la conversión y la penitencia y ofrecerle el don de la reconciliación es la misión connatural de la Iglesia, (…) una misión que no se agota en algunas afirmaciones teóricas y en la propuesta de un ideal ético no acompañada por energías operativas, sino que tiende a expresarse en precisas funciones ministeriales en orden a la práctica concreta de la penitencia y de la reconciliación» (Reconciliatio et paenitentia, 23).

(Aunque los destinatarios inmediatos del vademécum son los ministros de la confesión, se expresa el deseo de que el espíritu y los conceptos del documento lleguen en último término a los esposos cristianos, pues en realidad ellos son los auténticos beneficiarios finales. A ellos el vademécum quiere ofrecerles un punto de referencia seguro, que ilumine y tranquilice su conciencia, y les ayude a crecer en la vocación cristiana y a formar responsablemente su familia, verdadera iglesia doméstica, según los planes del Dios de la misericordia.)

Nos complace poner en las manos de los sacerdotes este documento, que ha sido preparado por venerado encargo del Santo Padre y con la competente colaboración de profesores de teología y de algunos pastores.

Damos las gracias a todos los que han brindado su contribución, mediante la cual han hecho posible la realización del documento. Nuestra gratitud se dirige sobre todo a la Congregación para la doctrina de la fe y a la Penitenciaría apostólica.

Introducción

1. Finalidad del documento

La familia, que el concilio ecuménico Vaticano II ha definido como el santuario doméstico de la Iglesia, y como «célula primera y vital de la sociedad» , constituye un objeto privilegiado de la atención pastoral de la Iglesia. «En un momento histórico en que la familia es objeto de muchas fuerzas que tratan de destruirla o deformarla, la Iglesia, consciente de que el bien de la sociedad y de sí misma está profundamente vinculado al bien de la familia, siente de manera más viva y acuciante su misión de proclamar a todos el designio de Dios sobre el matrimonio y la familia» .

En estos últimos años, la Iglesia, a través de la palabra del Santo Padre y mediante una vasta movilización espiritual de pastores y laicos, ha multiplicado sus esfuerzos para ayudar a todo el pueblo creyente a considerar con gratitud y plenitud de fe los dones que Dios dispensa al hombre y a la mujer unidos en el sacramento del matrimonio, para que puedan llevar a término un auténtico camino de santidad y ofrecer un verdadero testimonio evangélico en las situaciones concretas en las cuales viven.

En el camino hacia la santidad conyugal y familiar, los sacramentos de la Eucaristía y de la penitencia desempeñan un papel fundamental. El primero fortifica la unión con Cristo, fuente de gracia y de vida, y el segundo reconstruye, en caso que haya sido destruida, o hace crecer y perfecciona la comunión conyugal y familiar , amenazada y desgarrada por el pecado.

Para ayudar a los cónyuges a conocer el camino de su santidad y a cumplir su misión, es fundamental la formación de su conciencia y el cumplimiento de la voluntad de Dios en el ámbito específico de la vida matrimonial, o sea en su vida de comunión conyugal y de servicio a la vida. La luz del Evangelio y la gracia del sacramento representan el binomio indispensable para la elevación y la plenitud del amor conyugal, que tiene su fuente en Dios Creador. En efecto, «el Señor se ha dignado sanar, perfeccionar y elevar este amor con un don especial de la gracia y de la caridad» .

Con vistas a la acogida de estas exigencias del amor auténtico y del plan de Dios en la vida cotidiana de los cónyuges, el momento en el cual ellos solicitan y reciben el sacramento de la reconciliación representa un acontecimiento salvífico de máxima importancia, una ocasión de luminosa profundización de fe y una ayuda precisa para realizar el plan de Dios en su propia vida.

«Es el sacramento de la penitencia o reconciliación el que allana el camino a cada uno incluso cuando se siente bajo el peso de grandes culpas. En este sacramento cada hombre puede experimentar de manera singular la misericordia, es decir, el amor que es más fuerte que el pecado» .

Puesto que la administración del sacramento de la reconciliación está confiada al ministerio de los sacerdotes, el presente documento se dirige específicamente a los confesores y tiene como finalidad ofrecer algunas disposiciones prácticas para la confesión y absolución de los fieles en materia de castidad conyugal. Más concretamente, con este vademécum para el uso de los confesores se quiere ofrecer también un punto de referencia a los penitentes casados para que puedan obtener un mayor provecho de la práctica del sacramento de la reconciliación y vivir su vocación a la paternidad o maternidad responsable en armonía con la ley divina, enseñada por la Iglesia con autoridad. Servirá asimismo para ayudar a quienes se preparan al matrimonio.

El problema de la procreación responsable representa un punto particularmente delicado en la enseñanza de la moral católica en el ámbito conyugal, pero aún más en el ámbito de la administración del sacramento de la reconciliación, en el cual la doctrina se confronta con las situaciones concretas y con el camino espiritual de cada fiel. Resulta, en efecto, necesario recordar los puntos claves que permitan afrontar de modo pastoralmente adecuado las nuevas modalidades de la anticoncepción y el agravarse del fenómeno . Con el presente documento no se pretende repetir toda la enseñanza de la encíclica Humanae vitae, de la exhortación apostólica Familiaris consortio o de otras intervenciones del magisterio ordinario del Sumo Pontífice, sino solamente ofrecer algunas sugerencias y orientaciones para el bien espiritual de los fieles que se acercan al sacramento de la reconciliación y para superar eventuales divergencias e incertidumbres en la praxis de los confesores.

2. La castidad conyugal en la doctrina de la Iglesia

La tradición cristiana siempre ha defendido, contra numerosas herejías surgidas ya al inicio de la Iglesia, la bondad de la unión conyugal y de la familia. El matrimonio, querido por Dios en la misma creación, devuelto por Cristo a su primitivo origen y elevado a la dignidad de sacramento, es una comunión íntima de amor y de vida entre los esposos, intrínsecamente ordenada al bien de los hijos que Dios quiera confiarles. El vínculo natural tanto para el bien de los cónyuges y de los hijos como para el bien de la misma sociedad no depende del arbitrio humano .

La virtud de la castidad conyugal «entraña la integridad de la persona y la totalidad del don» y en ella la sexualidad «se hace personal y verdaderamente humana cuando está integrada en la relación de persona a persona, en el don mutuo total y temporalmente ilimitado del hombre y de la mujer» . Esta virtud, en cuanto se refiere a las relaciones íntimas de los esposos, requiere que se mantenga «íntegro el sentido de la donación mutua y de la procreación humana en el contexto del amor verdadero» . Por eso, entre los principios morales fundamentales de la vida conyugal, es necesario recordar «la inseparable conexión, que Dios ha querido y que el hombre no puede romper por propia iniciativa, entre los dos significados del acto conyugal: el significado unitivo y el significado procreador» .

En este siglo los Sumos Pontífices han emanado diversos documentos recordando las principales verdades morales sobre la castidad conyugal. Entre éstos merecen una mención especial la encíclica Casti connubii (1930) de Pío XI , numerosos discursos de Pío XII , la encíclica Humanae vitae (1968) de Pablo VI , la exhortación apostólica Familiaris consortio (1981), la Carta a las familias Gratissimam sane (1994) y la encíclica Evangelium vitae (1995) de Juan Pablo II. Junto a éstos se deben tener presentes la constitución pastoral Gaudium et spes (1965) y el Catecismo de la Iglesia católica (1992). Además son importantes, en conformidad con estas enseñanzas, algunos documentos de Conferencias episcopales, así como de pastores y teólogos, que han desarrollado y profundizado la materia. Es oportuno recordar también el ejemplo dado por numerosos cónyuges, cuyo empeño por vivir cristianamente el amor humano constituye una contribución eficacísima para la nueva evangelización de las familias.

3. Los bienes del matrimonio y la entrega de sí mismo

Mediante el sacramento del matrimonio, los esposos reciben de Cristo Redentor el don de la gracia que confirma y eleva su comunión de amor fiel y fecundo. La santidad a la que son llamados es sobre todo gracia donada.

Las personas llamadas a vivir en el matrimonio realizan su vocación al amor en la plena entrega de sí mismos, que expresa adecuadamente el lenguaje del cuerpo . De la entrega recíproca de los esposos procede, como fruto propio, el don de la vida a los hijos, que son signo y coronación del amor matrimonial .

La anticoncepción, oponiéndose directamente a la transmisión de la vida, traiciona y falsifica el amor oblativo propio de la unión matrimonial: «altera el valor de entrega “total”» y contradice el plan de amor de Dios participado a los esposos.

VADEMÉCUM PARA USO DE LOS CONFESORES

El presente vademécum está compuesto por un conjunto de enunciados, que los confesores habrán de tener presentes en la administración del sacramento de la reconciliación, a fin de poder ayudar mejor a los cónyuges a vivir cristianamente su vocación a la paternidad o maternidad, en sus circunstancias personales y sociales.

1. La santidad matrimonial

1. Todos los cristianos deben ser oportunamente instruidos en su vocación a la santidad. En efecto, la invitación al seguimiento de Cristo se dirige a todos, y cada fiel debe tender a la plenitud de la vida cristiana y a la perfección de la caridad en su propio estado .

2. La caridad es el alma de la santidad. Por su íntima naturaleza la caridad —don que el Espíritu infunde en el corazón— asume y eleva el amor humano y lo hace capaz de la perfecta entrega de sí mismo. La caridad hace más aceptable la renuncia, más ágil el combate espiritual, más generosa la entrega personal .

3. El hombre no puede sólo con sus fuerzas realizar la perfecta entrega de sí mismo. Pero se vuelve capaz de lograrlo en virtud de la gracia del Espíritu Santo. En efecto, es Cristo quien revela la verdad originaria del matrimonio y, liberando al hombre de la dureza del corazón, lo habilita para realizarla íntegramente .

4. En el camino hacia la santidad, el cristiano experimenta tanto la debilidad humana como la benevolencia y la misericordia del Señor. Por eso el punto de apoyo en el ejercicio de las virtudes cristianas —también de la castidad conyugal— se encuentra en la fe, que nos hace conscientes de la misericordia de Dios, y en el arrepentimiento, que acoge humildemente el perdón divino .

5. Los esposos actúan la plena entrega de sí mismos en la vida matrimonial y en la unión conyugal, que, para los cristianos, es vivificada por la gracia del sacramento. La específica unión de los esposos y la transmisión de la vida son obligaciones propias de su santidad matrimonial .

2. La enseñanza de la Iglesia sobre la procreación responsable

1. Es preciso confirmar a los esposos en el inestimable valor y excelencia de la vida humana, y se les ha de ayudar para que se comprometan a hacer de su familia un santuario de la vida : «en la paternidad y maternidad humanas Dios mismo está presente de un modo diverso a como lo está en cualquier otra generación “sobre la tierra”» .

2. Consideren los padres y madres de familia su misión como un honor y una responsabilidad, pues son cooperadores del Señor en la llamada a la existencia de una nueva persona humana, hecha a imagen y semejanza de Dios, redimida y destinada, en Cristo, a una vida de eterna felicidad . «Precisamente en esta función suya como colaboradores de Dios que transmite su imagen a la nueva criatura, está la grandeza de los esposos dispuestos “a cooperar con el amor del Creador y Salvador, que por medio de ellos aumenta y enriquece su familia cada día más”» .

3. De aquí deriva, para los cristianos, la alegría y la estima de la paternidad y de la maternidad. Esta paternidad o maternidad es llamada «responsable» en los recientes documentos de la Iglesia, para subrayar la actitud consciente y generosa de los esposos en su misión de transmitir la vida, que entraña un valor de eternidad, y para evocar una vez más su papel de educadores. Compete ciertamente a los esposos que —por otra parte no dejarán de solicitar los consejos oportunos— deliberar, de modo ponderado y con espíritu de fe, acerca de la dimensión de su familia y decidir el modo concreto de realizarla, respetando los criterios morales de la vida conyugal .

4. La Iglesia siempre ha enseñado la intrínseca malicia de la anticoncepción, es decir de todo acto conyugal hecho intencionalmente infecundo. Esta enseñanza debe ser considerada como doctrina definitiva e inmutable. La anticoncepción se opone gravemente a la castidad matrimonial, es contraria al bien de la transmisión de la vida (aspecto procreador del matrimonio), y a la entrega recíproca de los cónyuges (aspecto unitivo del matrimonio), lesiona el verdadero amor y niega el papel soberano de Dios en la transmisión de la vida humana .

5. Una malicia moral específica y aún más grave se encuentra en el uso de medios que tienen un efecto abortivo, impidiendo la anidación del embrión apenas fecundado o también causando su expulsión en una fase precoz del embarazo .

6. En cambio, es profundamente diferente de toda práctica anticonceptiva, tanto desde el punto de vista antropológico como moral, porque hunde sus raíces en una concepción distinta de la persona y de la sexualidad, el comportamiento de los cónyuges que, siempre fundamentalmente abiertos al don de la vida, viven su intimidad sólo en los períodos infecundos, debido a serios motivos de paternidad y maternidad responsable .

El testimonio de los matrimonios que desde hace tiempo viven en armonía con el designio del Creador y lícitamente utilizan, cuando hay razón proporcionalmente seria, los métodos justamente llamados «naturales», confirma que los esposos pueden vivir íntegramente, de común acuerdo y con plena entrega, las exigencias de la castidad y de la vida conyugal.

3. Orientaciones pastorales de los confesores

1. Por lo que atañe a la actitud que debe adoptar con los penitentes en materia de procreación responsable, el confesor deberá tener en cuenta cuatro aspectos:

a) el ejemplo del Señor, que «es capaz de inclinarse hacia todo hijo pródigo, toda miseria humana y singularmente hacia toda miseria moral o pecado» ;

b) la prudente cautela en las preguntas relativas a estos pecados;

c) la ayuda y el estímulo que debe ofrecer al penitente para que se arrepienta y se acuse íntegramente de los pecados graves;

d) los consejos que, de modo gradual, animen a todos a recorrer el camino de la santidad.

2. El ministro de la reconciliación tenga siempre presente que el sacramento ha sido instituido para hombres y mujeres que son pecadores. Acoja, por tanto, a los penitentes que se acerquen al confesonario presuponiendo, salvo que exista prueba en sentido contrario, la buena voluntad —que nace de un corazón arrepentido y humillado (Sal 50, 19), aunque en grados distintos— de reconciliarse con el Dios misericordioso .

3. Cuando se acerque al sacramento un penitente ocasional, que se confiesa después de mucho tiempo y muestra una situación general grave, es necesario, antes de hacer preguntas directas y concretas sobre el tema de la procreación responsable y en general sobre la castidad, orientarlo para que comprenda estas obligaciones en una visión de fe. Por esto mismo, si la acusación de los pecados ha sido demasiado sucinta o mecánica, hay que ayudarle a replantear su vida frente a Dios y, con preguntas generales sobre las diversas virtudes y obligaciones, de acuerdo con las condiciones personales del interesado , recordarle positivamente la invitación a la santidad del amor y la importancia de sus deberes en el ámbito de la procreación y educación de los hijos.

4. Cuando es el penitente quien formula preguntas o solicita —aunque sólo sea de modo implícito— aclaraciones sobre puntos concretos, el confesor deberá responder adecuadamente, pero siempre con prudencia y discreción , sin aprobar opiniones erróneas.

5. El confesor tiene la obligación de advertir a los penitentes sobre las transgresiones de la ley de Dios graves en sí mismas, y procurar que deseen la absolución y el perdón del Señor con el propósito de replantear y corregir su conducta. De todos modos, la reincidencia en los pecados de anticoncepción no es en sí misma motivo para negar la absolución; en cambio ésta no se puede impartir si faltan el suficiente arrepentimiento o el propósito de evitar el pecado .

6. El penitente que habitualmente se confiesa con el mismo sacerdote busca a menudo algo más que la sola absolución. Es necesario que el confesor sepa realizar una labor de orientación, que ciertamente será más fácil si existe una relación de verdadera dirección espiritual —aunque no se utilice tal expresión—, para ayudarle a mejorar en todas las virtudes cristianas y, consiguientemente, en la santificación de la vida matrimonial .

7. El sacramento de la reconciliación requiere, por parte del penitente, el dolor sincero, la acusación formalmente íntegra de los pecados mortales y el propósito, con la ayuda de Dios, de no pecar en adelante. Normalmente no es necesario que el confesor indague sobre los pecados cometidos a causa de una ignorancia invencible de su malicia o de un error de juicio no culpable. Aunque esos pecados no sean imputables, no dejan de ser un mal y un desorden. Esto vale también para la malicia objetiva de la anticoncepción, que introduce en la vida conyugal de los esposos un hábito desordenado. Por consiguiente, es necesario esforzarse, del modo más oportuno, por liberar la conciencia moral de los errores que están en contradicción con la naturaleza de la entrega total de la vida conyugal.

Aun teniendo presente que la formación de las conciencias se realiza sobre todo en la catequesis general y específica de los esposos, siempre es necesario ayudar a los cónyuges, incluso en el momento del sacramento de la reconciliación, a examinarse sobre sus obligaciones específicas de vida conyugal. Si el confesor considerara necesario interrogar al penitente, debe hacerlo con discreción y respeto.

8. Ciertamente continúa siendo válido el principio, también referido a la castidad conyugal, según el cual es preferible dejar a los penitentes en buena fe si se encuentran en el error debido a una ignorancia subjetivamente invencible, cuando se prevea que el penitente, aun después de haberlo orientado a vivir en el ámbito de la vida de fe no modificaría su conducta, pasando a pecar formalmente; sin embargo, aun en esos casos, el confesor debe animar a estos penitentes a acoger en su vida el plan de Dios, también en las exigencias conyugales, por medio de la oración, la llamada y la exhortación a la formación de la conciencia y la enseñanza de la Iglesia.

9. La «ley de la gradualidad» pastoral, que no se puede confundir con «la gradualidad de la ley», que pretende disminuir sus exigencias, implica una decisiva ruptura con el pecado y un camino progresivo hacia la total unión con la voluntad de Dios y con sus amables exigencias .

10. Resulta, por tanto, inaceptable el intento —que en realidad es un pretexto— de hacer de la propia debilidad el criterio de la verdad moral. Ya desde el primer anuncio que recibe de la palabra de Jesús, el cristiano se da cuenta de que hay una «desproporción» entre la ley moral, natural y evangélica, y la capacidad del hombre. Pero también comprende que reconocer la propia debilidad es el camino necesario y seguro para abrir las puertas de la misericordia de Dios .

11. A quien, después de haber pecado gravemente contra la castidad conyugal, se arrepiente y, no obstante las recaídas, manifiesta su voluntad de luchar para abstenerse de nuevos pecados, no se le ha de negar la absolución sacramental. El confesor deberá evitar toda manifestación de desconfianza en la gracia de Dios, o en las disposiciones del penitente, exigiendo garantías absolutas, que humanamente son imposibles, de una futura conducta irreprensible , y esto según la doctrina aprobada y la praxis seguida por los santos doctores y confesores acerca de los penitentes habituales.

12. Cuando en el penitente existe la disponibilidad a acoger la enseñanza moral, especialmente en el caso de quien habitualmente frecuenta el sacramento y demuestra interés en la ayuda espiritual, es conveniente infundirle confianza en la Providencia y apoyarlo para que se examine honradamente en la presencia de Dios. A tal fin convendrá verificar la solidez de los motivos que se tienen para limitar la paternidad o maternidad, y la licitud de los métodos escogidos para distanciar o evitar una nueva concepción.

13. Presentan una dificultad especial los casos de cooperación en el pecado del cónyuge que voluntariamente hace infecundo el acto unitivo. En primer lugar, es necesario distinguir la cooperación propiamente dicha de la violencia o de la injusta imposición por parte de uno de los cónyuges, a la cual el otro no se puede oponer . Tal cooperación puede ser lícita cuando se dan conjuntamente estas tres condiciones

1º La acción del cónyuge cooperante no debe ser en sí misma ilícita .

2º Deben existir motivos proporcionalmente graves para cooperar en el pecado del cónyuge.

3º Se debe procurar ayudar al cónyuge (pacientemente, con la oración, con la caridad, con el diálogo: no necesariamente en ese momento, ni en cada ocasión) a desistir de tal conducta.

14. Además, se deberá evaluar cuidadosamente la cooperación en el mal cuando se recurre al uso de medios que pueden tener efectos abortivos .

15. Los esposos cristianos son testigos del amor de Dios en el mundo. Deben, por tanto, estar convencidos, con la ayuda de la fe e incluso contra la debilidad humana ya experimentada, de que es posible con la gracia divina cumplir la voluntad del Señor en la vida conyugal. Resulta indispensable el frecuente y perseverante recurso a la oración, a la Eucaristía y al sacramento de la reconciliación, para lograr el dominio de sí mismo .

16. A los sacerdotes se les pide que, en la catequesis y en la orientación de los esposos al matrimonio, tengan uniformidad de criterios tanto en lo que se enseña como en el ámbito del sacramento de la reconciliación con completa fidelidad al magisterio de la Iglesia, sobre la malicia del acto anticonceptivo.

Los obispos vigilen con particular cuidado cuanto se refiere al tema: con frecuencia los fieles se escandalizan por esta falta de unidad tanto en la catequesis como en el sacramento de la reconciliación .

17. Esta pastoral de la confesión será más eficaz si va unida a una catequesis incesante y capilar sobre la vocación cristiana al amor conyugal y sobre sus dimensiones de alegría y de exigencia, de gracia y de responsabilidad personal y si se instituyen consultorios y centros a los cuales el confesor pueda enviar fácilmente al penitente para que conozca adecuadamente los métodos naturales.

18. Para que sean aplicables en concreto las directrices morales relativas a la procreación responsable es necesario que la valiosa obra de los confesores sea completada por la catequesis . En este esfuerzo está comprendida a pleno título una esmerada iluminación sobre la gravedad del pecado referido al aborto.

19. En lo que atañe a la absolución del pecado de aborto, existe siempre la obligación de tener en cuenta las normas canónicas. Si el arrepentimiento es sincero y resulta difícil remitir el caso a la autoridad competente, a quien está reservado levantar la censura, todo confesor puede hacerlo a tenor del canon 1.357, sugiriendo la adecuada penitencia e indicando la necesidad de recurrir a quien goza de tal facultad, ofreciéndose eventualmente para tramitarla .

CONCLUSIÓN

La Iglesia considera como uno de sus principales deberes, especialmente en el momento actual, proclamar e introducir en la vida el misterio de la misericordia, revelado de modo excelso en la persona de Jesucristo .

El lugar por excelencia de tal proclamación y realización de la misericordia es la celebración del sacramento de la reconciliación.

Precisamente este primer año del trienio de preparación al tercer milenio, dedicado a Jesucristo único Salvador del mundo, ayer, hoy y siempre (cf. Hb 13, 8), puede ofrecer una gran oportunidad para la tarea de actualización pastoral y de profundización catequística en las diócesis y concretamente en los santuarios, donde acuden muchos peregrinos y se administra el sacramento del perdón con la presencia de abundantes confesores.

Los sacerdotes estén siempre completamente disponibles a este ministerio, del que depende la felicidad eterna de los esposos, y también, en buena parte, la serenidad y el gozo de la vida presente: ¡sean para ellos auténticos testigos vivos de la misericordia del Padre!

Ciudad del Vaticano, 12 de febrero de 1997

Card. Alfonso LÓPEZ TRUJILLO

Presidente del Consejo pontificio para la familia

Mons. Francisco GIL HELLÍN

Secretario

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