Pastor Aeternus

PASTOR AETERNUS

Constitución dogmática sobre la Iglesia de Cristo

CUARTA SESIÓN: 18 de julio de 1870

Pío, obispo, siervo de los siervos de Dios, con la aprobación del Sagrado Concilio, para perpetua memoria.

El eterno pastor y guardián de nuestras almas[1], en orden a realizar permanentemente la obra salvadora de la redención, decretó edificar la Santa Iglesia, en la que todos los fieles, como en la casa del Dios viviente, estén unidos por el vínculo de una misma fe y caridad. De esta manera, antes de ser glorificado, suplicó a su Padre, no sólo por los apóstoles sino también por aquellos que creerían en Él a través de su palabra, que todos ellos sean uno como el mismo Hijo y el Padre son uno[2]. Así entonces, como mandó a los apóstoles, que había elegido del mundo[3], tal como Él mismo había sido enviado por el Padre[4], de la misma manera quiso que en su Iglesia hubieran pastores y maestros hasta la consumación de los siglos[5].

Así, para que el oficio episcopal fuese uno y sin división y para que, por la unión del clero, toda la multitud de creyentes se mantuviese en la unidad de la fe y de la comunión, colocó al bienaventurado Pedro sobre los demás apóstoles e instituyó en él el fundamento visible y el principio perpetuo de ambas unidades, sobre cuya fortaleza se construyera un templo eterno, y la altura de la Iglesia, que habría de alcanzar el cielo, se levantara sobre la firmeza de esta fe[6].

Y ya que las puertas del infierno, para derribar, si fuera posible, a la Iglesia, se levantan por doquier contra su fundamento divinamente dispuesto con un odio que crece día a día, juzgamos necesario, con la aprobación del Sagrado Concilio, y para la protección, defensa y crecimiento del rebaño católico, proponer para ser creída y sostenida por todos los fieles, según la antigua y constante fe de la Iglesia Universal, la doctrina acerca de la institución, perpetuidad y naturaleza del sagrado primado apostólico, del cual depende la fortaleza y solidez de la Iglesia toda; y proscribir y condenar los errores contrarios, tan dañinos para el rebaño del Señor.


[1] Ver 1Pe 2,25.

[2] Ver Jn 17,20-21.

[3] Ver Jn 15,19.

[4]Ver Jn 20,21.

[5] Ver Mt 28,20.

[6] San León I Magno, Sermo 4, De natali ipsius, c. 2 (PL 54, 150c).

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